Gestión de la comunidad

Proyecto de videovigilancia: los puntos a cerrar antes de votar

El equipo de CoproHarmony27 de agosto de 20268 min de lectura
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Cámara de videovigilancia en las zonas comunes de una comunidad

Un proyecto de cámaras se vota en diez minutos y compromete a la comunidad con obligaciones permanentes. Esto es lo que hay que dejar por escrito antes, no después.

Tras un destrozo o un robo en el trastero de bicicletas, la petición siempre vuelve: «hacen falta cámaras». La junta vota, el instalador coloca el equipo y nadie se ocupa de las obligaciones que acompañan a un sistema de videovigilancia, hasta el día en que un residente pide acceder a las imágenes que le conciernen.

La junta de propietarios no decide en lugar de la junta general. Pero le corresponde instruir el expediente para que el acuerdo aprobado sea ejecutable.

El marco, en cuatro principios

  • Solo pueden grabarse las zonas comunes. Las cámaras no deben captar ni zonas privativas, ni la vía pública, ni las puertas de las viviendas.
  • El plazo de conservación de las imágenes está estrictamente limitado; el orden de magnitud aplicado por la autoridad francesa de protección de datos es de un mes como máximo.
  • Las personas grabadas deben ser informadas mediante un cartel visible que mencione su derecho de acceso a las imágenes que les conciernen.
  • El acceso a las grabaciones debe restringirse a personas designadas, con medidas técnicas que lo garanticen.

Según las zonas cubiertas pueden exigirse trámites adicionales. En un proyecto así, haz validar el montaje por un profesional antes de la junta.

Las seis preguntas al instalador

  1. ¿Cuál es el campo exacto de cada cámara, con plano? Pide un esquema de implantación, no una descripción comercial.
  2. ¿Cómo se excluyen técnicamente las zonas privativas: enmascarado por software, orientación fija?
  3. ¿Dónde se almacenan las imágenes y mediante qué mecanismo se borran automáticamente al vencer el plazo?
  4. ¿Quién tiene los accesos y cómo quedan registrados? Un acceso compartido «para el administrador» sin titular nominal no se sostiene.
  5. ¿Cuál es el procedimiento cuando un residente pide acceder a las imágenes que le conciernen, y en qué plazo?
  6. ¿Qué ocurre al cambiar de administrador o de proveedor: quién asume los accesos y con qué procedimiento?
Un sistema del que nadie sabe quién accede a las imágenes no es una medida de seguridad: es un riesgo más.

Lo que debe contener el acuerdo

Un acuerdo que diga «instalación de un sistema de videovigilancia por importe de X €» no basta. Incluye las zonas cubiertas, el plazo de conservación elegido, el responsable designado de los accesos y el presupuesto anual de mantenimiento, a menudo olvidado y sin embargo recurrente.

Sobre la redacción de un acuerdo votable, mira el orden del día de la junta general, y sobre la comparación de ofertas, la tabla de comparación de presupuestos: el mantenimiento varía enormemente entre instaladores.

Tras la instalación, el control

Una vez al año la junta comprueba que el cartel está colocado, que los campos de las cámaras no se han modificado y que los accesos siguen correspondiendo a las personas designadas. Es un punto natural de la visita anual del edificio.

Estas obligaciones son de protección de datos, como los demás tratamientos de la comunidad: mira la protección de datos en la comunidad.

Conservar el rastro de los compromisos

Esquema de implantación, acuerdo aprobado, contrato de mantenimiento, controles anuales: todo debe poder encontrarse años después, incluso tras un relevo de la junta. Con CoproHarmony esos documentos viven en un mismo sitio con su fecha. Crea tu espacio gratis.

Una medida menos intrusiva suele responder a la misma necesidad: recuperar el control de los accesos.

Antes de invertir, mide lo que aportan otras medidas: mira qué puede hacer realmente la comunidad contra los robos.

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