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¿Se aprueba el acuerdo?

Introduzca los votos a favor, en contra y las abstenciones: la herramienta aplica la mayoría correcta, le dice si el acuerdo prospera y, sobre todo, si el artículo 25-1 o el 26-1 permiten salvarlo con una segunda votación inmediata.

Artículos 24, 25, 26 y unanimidadSegundas votaciones 25-1 y 26-1Resultado instantáneo
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¿Qué se somete a votación?

Elija el acuerdo en la lista: la mayoría aplicable se ajusta sola.

O elija el artículo

Artículo 25Mayoría de los votos de todos los copropietarios de la comunidad, ausentes incluidos. Una abstención pesa, por tanto, tanto como un voto en contra.

2

Su comunidad

El total de votos figura al principio del cuadro de reparto de gastos y en la hoja de asistencia de la junta.

Habitualmente 1.000 o 10.000 coeficientes.

Solo se necesita para la doble mayoría del artículo 26.

3

El resultado de la votación

Los votos de los copropietarios presentes, representados o que han votado por correo.

A favor

En contra

Abstención

Votos ni presentes ni representados: 3400

Artículo 25

Segunda votación inmediata posible (artículo 25-1)

No se alcanza la mayoría absoluta, pero el proyecto ha reunido al menos un tercio de los votos de todos los copropietarios. La misma junta procede entonces de inmediato a una segunda votación, con la mayoría del artículo 24. No levante la sesión sin hacerlo: aplazar es perder el acuerdo.

Con los mismos votos, la segunda votación sería favorable.

Votos (coeficientes)

4200 / umbral: 5000

Umbral
  • A favor4200
  • En contra1800
  • Abstención600
  • No representados3400

Las cuatro mayorías, en claro

No todas las decisiones de una junta se votan igual. El régimen depende de la cuestión planteada y lo fija la ley: ni el administrador ni el reglamento de la comunidad pueden cambiarlo.

Artículo 24

Mayoría simple

Mayoría de los votos emitidos por los copropietarios presentes, representados o que han votado por correo. Las abstenciones no se cuentan.

Es la mayoría de la gestión ordinaria: aprobación de cuentas, presupuesto anual, obras de mantenimiento. Basta un voto de diferencia, por muchos ausentes que haya.

Artículo 25

Mayoría absoluta

Mayoría de los votos de todos los copropietarios de la comunidad, ausentes incluidos. Una abstención pesa, por tanto, tanto como un voto en contra.

Es la mayoría de las decisiones estructurales: nombramiento del administrador, elección del consejo, obras de ahorro energético. Si no se alcanza, mire la segunda votación del artículo 25-1.

Artículo 26

Doble mayoría

La mayoría de los copropietarios en número, que representen al menos dos tercios de los votos de la comunidad. Deben cumplirse ambas condiciones.

Protege lo que afecta al propio edificio: modificación del reglamento sobre los elementos comunes, obras de mejora, supresión del puesto de portero.

Unanimidad

Todos los votos

La totalidad de los votos de la comunidad, ausentes incluidos. Un solo voto que falte hace decaer el acuerdo.

Reservada a lo que modifica los derechos de cada uno: reparto de gastos, destino del edificio, venta de un elemento común imprescindible.

Las dos pasarelas, las que se olvidan en la sala

Artículo 25-1: un acuerdo del artículo 25 que no alcanza la mayoría absoluta pero reúne al menos un tercio de los votos de todos los copropietarios se somete de inmediato a una segunda votación, con la mayoría del artículo 24. Por debajo de ese tercio, puede convocarse una nueva junta en tres meses para decidir con esa misma mayoría.

Artículo 26-1: un acuerdo del artículo 26 aprobado por la mayoría de los copropietarios que representen al menos un tercio de los votos se somete de inmediato a una segunda votación, con la mayoría del artículo 25.

¿Qué mayoría para qué decisión?

Las decisiones más frecuentes en junta general, con la mayoría que les corresponde.

DecisiónMayoría
Aprobación de las cuentas del ejercicioArtículo 24
Votación del presupuesto anualArtículo 24
Obras de conservación y mantenimiento de los elementos comunesArtículo 24
Obras de accesibilidad para personas con discapacidad, a cargo de un copropietarioArtículo 24
Autorización al administrador para acudir a los tribunalesArtículo 24
Decisión de elaborar el proyecto de plan plurianual de obrasArtículo 24
Designación del presidente de la sesión y de los escrutadoresArtículo 24
Nombramiento o cese del administradorArtículo 25
Elección de los miembros del consejo de la comunidadArtículo 25
Obras de ahorro energético o de rehabilitación energéticaArtículo 25
Instalación de puntos de recarga para vehículos eléctricosArtículo 25
Autorización de obras privativas que afecten a los elementos comunes o al aspecto exteriorArtículo 25
Individualización de los gastos de calefacciónArtículo 25
Instalación de un sistema de cierre o de videovigilanciaArtículo 25
Aportación al fondo de obras superior al mínimo legalArtículo 25
Delegación de facultades en el consejo de la comunidadArtículo 25
Modificación del reglamento de la comunidad sobre el disfrute, el uso o la administración de los elementos comunesArtículo 26
Obras de mejora, transformación o incorporación de equipamientosArtículo 26
Supresión del puesto de portero o conserjeArtículo 26
Adquisición de un inmueble por la comunidadArtículo 26
Venta de un elemento común no necesario para el destino del edificioArtículo 26
Modificación del reparto de gastosUnanimidad
Venta de un elemento común necesario para el destino del edificioUnanimidad
Modificación del destino del edificioUnanimidad

Tabla orientativa: algunas decisiones tienen excepciones según la configuración del edificio, el contenido del reglamento de la comunidad o la naturaleza exacta de las obras. La redacción del orden del día sigue siendo la referencia: es la que vincula al administrador.

Cinco trampas que tumban una votación

Lo que falla en la sala casi nunca es la aritmética, sino las reglas que se creen sabidas.

No hay quórum en la copropiedad francesa

A diferencia de una asociación, la junta se celebra válidamente sea cual sea el número de asistentes. Esperar «a que haya suficiente gente» no tiene ningún fundamento: lo que cuenta es el umbral de votos que alcanza cada acuerdo.

Una abstención no pesa igual según el artículo

En el artículo 24 es neutra: no entra en los votos emitidos. En los artículos 25 y 26 pesa como un voto en contra, porque el umbral se calcula sobre la totalidad de los votos de la comunidad.

Tres delegaciones como máximo, salvo excepción

Un apoderado no puede recibir más de tres delegaciones de voto. Solo puede reunir más si el total de sus votos y los de sus representados no supera el 10 % de los votos de la comunidad.

Al copropietario mayoritario se le reducen los votos

Si un copropietario posee más de la mitad de los coeficientes, sus votos se reducen a la suma de los de los demás. Introduzca el voto reducido, no el teórico, o el recuento será falso desde la primera línea.

El voto por correo sobre un acuerdo modificado

Quien ha votado por correo se considera presente. Pero si el acuerdo se modifica en la sesión, su voto favorable se cuenta como abstención: una enmienda de última hora puede tumbar un acuerdo que parecía cerrado.

Estas herramientas son ayudas de cálculo, facilitadas a título orientativo. No sustituyen al reglamento de la comunidad, ni al acta de la junta, ni al criterio de un profesional: en caso de discrepancia, prevalecen los documentos de su comunidad.

Preguntas frecuentes sobre las mayorías en junta

Se suman únicamente los votos a favor y en contra de los copropietarios presentes, representados o que han votado por correo. El acuerdo se aprueba si los votos a favor representan más de la mitad de ese total. Las abstenciones y los ausentes no entran en el cálculo.

El recuento es la parte fácil

Lo difícil es llegar a la junta con las cifras correctas: lo que se votó el año pasado, los presupuestos recibidos, las incidencias del año, las peticiones sin respuesta. CoproHarmony mantiene todo eso al día durante todo el año, para su consejo.

1

Usted prepara

Orden del día, presupuestos e historial de acuerdos se reúnen antes de la convocatoria, en un mismo sitio.

2

Usted vota

Cada acuerdo queda registrado con su mayoría aplicable, su recuento y su resultado.

3

Usted conserva el rastro

Un año después se sabe quién decidió qué, y por qué, sin rebuscar en tres buzones de correo.

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